ELISABET NATIVIDAD GUTIÉRREZ ALCALÁ.
Abogada ejerciente. Col.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.
Dirección:
C/Juan Pedernal, nº 4, BAJOS. C.P. 18.500 Guadix (Granada).
Residencial Paraiso de Macael.
Cita previa móvil 1: 690 303 447.
Cita previa móvil 2: 656 256 803.
Teléfono despacho 1: 958 68 80 03.
Teléfono despacho 2: 958 68 09 00.
Fax: 958 68 80 03.
E-mail:
elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com
E-mail: 6346@icagr.es
Antes de acudir a nuestro despacho para tratar su problema:
Es imprescindible aportar el escrito de denuncia o notificación del Juzgado que haya recibido notificado oficialmente o que le hayan entregado (para revisarlo) en el caso de que usted sea la persona denunciada.
Si usted ha sido víctima de un delito deber proporcionarnos el escrito de denuncia interpuesto ante la Guardia Civil, Policía Nacional, etc…
Si todavía no ha interpuesto denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, le acompañaremos antes las dependencias policiales para realizar la denuncia.
Si tiene documentación probatoria de los hechos es importantísimo que también nos la proporcione el día que acuda a nuestro despacho o bien enviarla por correo electrónico a: elisabeth.gutierrez.alcala@gmail.com
Por ejemplo otra documentación probatoria (según el caso):
Fotografías.
Videos.
Mensajes.
Documentación en papel.
Parte de lesiones.
Informes médicos.
Certificado médico de urgencias.
Chats.
Videoconferencias.
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- No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, tasas judiciales y otros gastos de profesionales independientes como peritos, psicólogos, etc…
- Es imprescindible la entrega de una provisión de fondos mínima de 500,00 Euros para iniciar los trámites judiciales y extrajudiciales.
- Siempre ofrecemos facilidades de pago dependiendo de su situación económica familiar.
- Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de servicio antes de iniciar el servicio como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza.
- Puede comprobar los honorarios de este tipo de servicio en el siguiente enlace:
Por ejemplo:
DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL
Existen muchos tipos de delitos penales de falsedad documental:
- Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de despachos transmitidos por servicios de telecomunicación cometidos por autoridad o funcionario público.
- Falsedad documental realizada por un particular.
- Uso de documento falso en juicio o para perjudicar a otro a sabiendas.
- Falsificación de documentos privados (que será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 2 años por ejemplo).
- Falsificación de certificados.
- Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje.
Si usted ha sido víctima de alguno de los anteriores tipos delictivos sepa que es necesario que lo denuncie ante los Juzgados.
DELITOS CONTRA LA FLORA, FAUNA Y ANIMALES DOMÉSTICOS.
Muchos ciudadanos no se toman en serio nuestra flora, fauna y los animales domésticos que nos brindan su agradable compañía.
Pero la verdad es que si usted ha cometido un delito en contra de alguno de ellos, (sepa que lo pagará caro) y si le denuncian, según el Código Penal; no estamos hablando de ninguna broma.
Artículo 332. Alteración de flora amenazada. Será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses.
Artículo 333. Introducción de especies de flora o fauna flora o fauna no autóctona. Será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años, o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años.
Artículo 334. Atentados contra especies de faunas amenazadas. Será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses.
Artículo 335. Caza y pesca no autorizada. Será castigado con la pena de multa de ocho a 12 meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cinco años.
Artículo 336. Uso de veneno, explosivo u otros instrumentos destructivos. Será castigado con la pena de prisión de 4 meses a dos años o multa de 8 a 24 meses.
Artículo 337. Maltrato a animales domésticos. Será castigado con la pena de 3 meses a 1 año de prisión e inhabilitación especial de 1 a 3 años para el ejercicio de profesión relacionado con los animales. (Derogado).
Si usted necesita defensa letrada por haber cometido alguno de los anteriores tipos delictivos o bien cree que se está cometiendo un delito de las características anteriores y desea denunciarlo (nosotros le ayudaremos en todo lo necesario).
ELISABET NATIVIDAD GUTIÉRREZ ALCALÁ.
ABOGADA. Col. 6346 ICAGR.
C/Juan Pedernal, 4 bajos. CP. 18500. Guadix (Granada).
Móvil: 690 303 447.
Teléfono: 958 68 80 03.
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Muchas gracias por su atención.
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