ELISABET NATIVIDAD GUTIÉRREZ ALCALÁ.
Abogada. Col.nº 6.346 en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada.
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ANTIGUO JUICIO DE FALTAS ANTES DE LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE 2015.
Aunque no es preceptivo acudir acompañado de Abogado y Procurador porque así lo establece la ley de Enjuiciamiento Criminal, desde luego, Despacho Jurídico Todo Derecho, no se le aconseja, ni se lo recomienda y por supuesto sería un auto-suicidio.
¿Por qué? Pues debido a que la gran mayoría de los juicios de faltas que se celebran son debidos a riñas, amenazas, agresiones sin sentido, insultos, peleas que acaban con lesiones y muchas de ellas bastante graves y lo podemos complicar muchísimo más.
Si usted se ha visto envuelto en una situación parecida directamente denúncielo ante la guardia civil o la policía, si usted además de recibir agresiones e insultos entre otras cosas también ha sido victima por parte del denunciante de los mismos actos, sería conveniente que también por su parte denunciara los mismos hechos el mismo día que se produzcan, ya que considere que lo denunciado por la otra parte no es del todo cierto o bien es exagerado (lo que se conoce como una contra denuncia).
Pero todo depende de las circunstancias, de si concurren testigos o no y de la relevancia de los hechos.
Además es muy importante, aclarar en la propia denuncia porque se han producido los hechos y el origen del problema, es decir, porque dos o más personas han acabado pegándose, insultándose, etc…
Muchas veces las causas son debido a temas muy tontos y estúpidos que tras el paso del tiempo se han transformado en otro problema menor y así sucesivamente hasta que llega el momento en que el problema estalla y por supuesto se podía haber evitado.
Por norma general, el fallo de la condena suele ser el pago de una multa pecuniaria de menor o mayor cuantía en base a la gravedad de los hechos probados.
También usted debe tener en cuenta si acumula antecedentes penales por otros hechos cometidos en el pasado ya que desde luego si se tomarán en cuenta.
Pero como todo en la vida, cada caso es un mundo y se ha de estudiar el caso concreto porque también influyen sus circunstancias personales y familiares.
Por tanto, si usted ha recibido la notificación por parte de un Juzgado de Instrucción, no deje para el último día, la preparación de este tipo de juicio, consulte siempre a su Abogado.
