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Solicitud Presupuesto (proc.judicial/extrajudicial) | GRATUITO |
Asesoramiento anual familias desfavorecidas.(*)Necesaria acreditación. | 50,00 |
Consulta jurídica por correo electrónico. | 50,00 |
Consulta jurídica vía Hangouts. | 50,00 |
Consulta jurídica muy urgente. | 150,00 |
Ocupaciones ilegales | 605,00 |
Reclamac. extrajudicial impagados (incluye burofax) | 100,00 |
Servicio Jurídico Premium (Anual). ¡Recomendado! | 660,00 |
Asistencia declaración Juzgado de Instrucción. | 100,00 |
Asistencia declaración Guardia Civil. | 100,00 |
Alegaciones ante la DGT (multas). | 50,00 |
Recurso ante la DGT (multas). | 50,00 |
Solicitud/Reclamación Junta de Andalucía. | 150,00 |
Reclamación Servicio Andaluz de Salud. | 150,00 |
Reclamación/Queja CGPJ. | 150,00 |
Escrito/Reclamación Defensor del Pueblo. | 150,00 |
Petición Solicitud Casa de su Majestad. | 150,00 |
Petición/Queja Ministerio de Justicia. | 150,00 |
Petición/Queja Ministerio de Educación, cultura. | 150,00 |
Petición/escrito CGAE. | 150,00 |
Reclamación Ministerio Sanidad, consumo. | 150,00 |
Escrito/Reclamación Ministerio Fiscal. | 150,00 |
Reclamación Mº de Trabajo,migraciones,Seg.Soc. | 150,00 |
Escrito Ilustre Colegio de Abogados. | 150,00 |
Escrito Bar Association UE y extranjero. | 150,00 |
Solicitud/Queja/Reclamación TSJ. | 150,00 |
Solicitud/Queja Consejo de Abogados (CCAA). | 150,00 |
Solicitud/Queja Colegio de Procuradores. | 150,00 |
Escrito/Reclamación Defensor del Pueblo Europeo. | 250,00 |
Solicitud/Reclamación Registradores de España. | 150,00 |
Recurso de Amparo/Tribunal Constitucional. | 302,50 |
Recurso/Demanda Tribunal Supremo. | 400,00 |
Demanda TEDH. | 400,00 |
Denuncia Comisión Europea. | 250,00 |
Solicitud nota simple Registro de la Propiedad. | 50,00 |
Consulta concurso de acreedores. | 50,00 |
Reclamación consumidor Correos y Telégrafos. | 15,00 |
Reclamación disconformidad factura Telefonía. | 50,00 |
Reclamación negativa alta/baja operador telefonía. | 50,00 |
Reclamación negativa portabilidad telefonía. | 50,00 |
Reclamación preselección no solicitada telefonía. | 50,00 |
Reclamación cambio operador telef. no solicitado | 50,00 |
Reclamación incumplimiento ofertas operador telf. | 50,00 |
Reclamación averías/interrupciones telefonía. | 50,00 |
Reclamación deficiencia TDT. | 50,00 |
Escrito/Reclamación AEAT | 50,00 |
Procedimiento/Solicitud nacionalidad española. | 450,00 |
Procedimiento Reclamación Patrimonial del Estado | 300,00 |
Reclamación extrajudicial bancaria. | 150,00 |
Demanda incumplimiento cont.compraventa vehículo. | 363,00 |
Procedimiento monitorio. | 242,00 |
Redacción contrato obra artística. | 50,00 |
Redacción contrato Arrendamiento de trastero. | 50,00 |
Redacción contrato Arrendamiento vivienda básico. | 50,00 |
Contrato Arrendamiento vivienda amueblada. | 100,00 |
Redacción contrato Arrendamiento local básico. | 50,00 |
Redacción contrato Arrendamiento finca rústica. | 50,00 |
Contrato Arrendamiento uso distinto del de vivienda. | 100,00 |
Contrato Arrendamiento finca urbana por temporada | 50,00 |
Requerimiento formalización contrato arrendamiento | 50,00 |
Gestión deposito de Fianza Arrendamiento. | 50,00 |
Gestión devolución de Fianza Arrendamiento. | 50,00 |
Consentimiento arrendador realización obra vivienda | 50,00 |
Consentimiento arrendador obras discapacitado. | 50,00 |
Comunicación al arrendador necesidad de reparar. | 50,00 |
Resolución Arrendamiento, entrega de llaves. | 50,00 |
Notificación de cambio de arrendador. | 50,00 |
Entrega recibo mensual cobrado por el arrendador. | 20,00 |
Cancelación de Antecedentes Penales. | 150,00 |
Cancelación de Antecedentes Policiales. | 150,00 |
Denuncia fraude en Internet. | 484,00 |
Denuncia suplantación de identidad. | 484,00 |
Denuncia/Procedimiento Penal Acoso Escolar. | 484,00 |
Denuncia/Procedimiento Penal Ciberacoso Escolar | 484,00 |
Denuncia/Procedimiento Acoso Sexual. | 484,00 |
Denuncia/Procedimiento Abuso sexual. | 484,00 |
Denuncia/Procedimiento Agresión sexual. | 484,00 |
Procedimiento delito de lesiones. | 363,00 |
Procedimiento delito de lesiones al feto. | 363,00 |
Delito contra los derechos de los trabajadores. | 363,00 |
Delito de secuestro. | 363,00 |
Delito de detención ilegal. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento maltrato animal/flora/fauna | 363,00 |
Denuncia/Proc.estafa manipulación cuenta km. | 363,00 |
Denuncia/Proc.delito contra la Seguridad Social. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento robo. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento hurto. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento delito de receptación. | 363,00 |
Denuncia/Proc. impago pensión de alimentos. | 363,00 |
Denuncia/Proc.abandono de menores/incapaces. | 363,00 |
Denuncia/Proc.delito de sustracción de menores. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento denuncia falsa. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento allanamiento de morada. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento delito exhibicionismo. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento delito de extorsión. | 363,00 |
Denuncia/Proc.defraudación eléctrica y análoga. | 363,00 |
Denuncia/Procedimiento delito de daños. | 363,00 |
Denuncia/Delito contra el Patrimonio Histórico. | 363,00 |
Delito falsedad documentos públicos. | 550,00 |
Delito falsedad documentos oficiales y mercantiles. | 550,00 |
Falsificación despacho transmitido por serv. teleco. | 550,00 |
Delito de falsificación de certificado. | 550,00 |
Delito de falsificación de tarjetas de crédito y débito. | 550,00 |
Delito de falsificación de cheques de viaje. | 550,00 |
Delito de falsificación de moneda y efectos timbrad. | 550,00 |
Procedimiento penal Acusación y denuncia falsa. | 550,00 |
Procedimiento penal simulación de delitos. | 550,00 |
Procedimiento penal delito falso testimonio | 550,00 |
Procedimiento penal delito obstrucción a la Justicia. | 550,00 |
Procedimiento penal deslealtad profesional. | 550,00 |
Procedimiento penal quebrantamiento de condena. | 550,00 |
Denuncia/Procedimiento niños robados. | 847,00 |
Denuncia/Procedimiento delito aborto. | 847,00 |
Denuncia/Procedimiento delito de incendio. | 847,00 |
Delito de incendios forestales. | 847,00 |
Delito de incendios en bienes propios. | 847,00 |
Denuncia/Procedimiento violencia de género. | 847,00 |
Procedimiento delito contra la libertad de conciencia. | 847,00 |
Proc.delito contra los sentimientos religiosos. | 847,00 |
Proc.delito contra el respeto a los difuntos. | 847,00 |
Delito cometido por funcionario contra la libertad pub | 847,00 |
Delito cometido por funcionario inviolabilidad domic. | 847,00 |
Delito cometido por funcionario contra la intimidad. | 847,00 |
Delito cometido por funcionario contra dchos indiv. | 847,00 |
Delito atentado contra la autoridad, agentes y funci. | 847,00 |
Delito de resistencia. | 847,00 |
Delito de desobediencia. | 847,00 |
Delito de desórdenes públicos. | 847,00 |
Tenencia ilícita, tráfico y depósito de armas, etc… | 847,00 |
Procedimiento penal delito de estragos. | 847,00 |
Delito de riesgo provocado por explosivos y otros… | 847,00 |
Delito relativo a la energía nuclear y radiaciones. | 1000,00 |
Procedimiento delito de asesinato. | 1000,00 |
Procedimiento delito de homicidio. | 1000,00 |
Procedimiento delito contra la AEAT. | 1000,00 |
Delito contra la Corte Penal Internacional. | 1000,00 |
Procedimiento penal delito de rebelión. | 1000,00 |
Procedimiento penal delito contra la Corona. | 1000,00 |
Proc. delito contra las Instituciones del Estado. | 1000,00 |
Procedimiento penal de los ultrajes a España. | 1000,00 |
Procedimiento penal delito de Sedición. | 1000,00 |
Delito de traición. | 1000,00 |
Delito contra la paz o independencia del Estado. | 1000,00 |
Delito de revelación de secretos de Defensa Nacion. | 1000,00 |
Delito contra dchos fundamentales y libertades. | 1000,00 |
Delito de terrorismo. | 1000,00 |
Delito de genocidio. | 1000,00 |
Delito de lesa humanidad. | 1000,00 |
Delito contra personas y bienes en conflicto armado. | 1000,00 |
Delito contra el Derecho de gentes. | 1000,00 |
Delito de fraude y exacción ilegal por autoridad o fun. | 1000,00 |
Delito de abuso de funcionario en ejercicio de funci. | 1000,00 |
Delito de malversación por autoridad o funcionario. | 1000,00 |
Delito tráfico de influencias por autoridad/funcionario. | 1000,00 |
Delito de cohecho por autoridad o funcionario. | 1000,00 |
Delito de infidelidad custodia de documentos. | 1000,00 |
Delito de violación de secretos por autoridad o func. | 1000,00 |
Delito de desobediencia por autoridad o funcionario. | 1000,00 |
Delito de denegación de auxilio por autoridad o func. | 1000,00 |
Delito de abandono de destino por autoridad o funci. | 1000,00 |
Delito de omisión deber de perseguir delitos autorid. | 1000,00 |
Delito contra la Seguridad Vial. | 1000,00 |
Delito contra la salud pública. | 1000,00 |
Procedimiento judicial de adopción. | 847,00 |
Procedimiento de incapacidad judicial (civil) | 847,00 |
Procedimiento extrajudicial de reconciliación de la pareja. | 250,00 |
Acuerdo pareja de hecho previo a la convivencia. | 150,00 |
Redacción Convenio Regulador parejas de hecho (sin hijos). | 150,00 |
Redacción Convenio Regulador parejas de hecho (con hijos). | 250,00 |
Redacción Convenio Regulador parejas casadas.(sin hijos). | 250,00 |
Redacción Convenio Regulador parejas casadas.(con hijos) | 300,00 |
Separación Mutuo Acuerdo. (sin hijos) | 363,00 |
Separación Mutuo Acuerdo. (con hijos) | 450,00 |
Divorcio Mutuo Acuerdo.(sin hijos) | 484,00 |
Divorcio Mutuo Acuerdo. (con hijos) | 550,00 |
Reconciliación procesal de los cónyuges. | 242,00 |
Separación contenciosa.(sin hijos) | 605,00 |
Separación contenciosa.(con hijos) | 700,00 |
Divorcio contencioso.(sin hijos) | 747,00 |
Divorcio contencioso (con hijos) | 847,00 |
Procedimiento privación patria potestad. | 968,00 |
Modificación de medidas. | 350,00 |
Demanda guarda y custodia mutuo acuerdo. | 363,00 |
Demanda guarda y custodia contenciosa. | 484,00 |
Procedimiento impago pensión alimentos (hijos) | 684,00 |
Procedimiento impago pensión compensatoria. | 684,00 |
Procedimiento civil sobre declaración de prodigalidad. | 605,00 |
Procedimiento civil sobre reintegración de la capacidad. | 605,00 |
Procedimiento modificación de la incapacidad declarada. | 605,00 |
Procedimiento internamiento forzoso por trastorno psíquico. | 605,00 |
Procedimiento civil sobre filiación. | 605,00 |
Procedimiento civil sobre paternidad. | 605,00 |
Procedimiento civil sobre maternidad. | 605,00 |
Medidas provisionales previas demanda filiación. | 350,00 |
Medidas provisionales previas demanda separación. | 350,00 |
Medidas provisionales previas demanda divorcio. | 350,00 |
Medidas provisionales previas demanda nulidad. | 350,00 |
Capitulaciones Matrimoniales. | 350,00 |
Consulta jurídica online 24h. | 25,00 |
Consulta jurídica presencial. | 50,00 |
Escrito/Reclamación al Banco de España. | 100,00 |
Demanda reclamación herencia | 968,00 |
Revisión precontrato escritura préstamo hipotecario. | 50,00 |
Negociación con banco cláusulas préstamo. | 50,00 |
Asistencia al Notario firma escritura préstamo. | 50,00 |
Gestión cancelación escritura Hipoteca. | 450,00 |
Reclamación previa cláusula suelo/abusivas. | 150,00 |
Demanda cláusulas abusivas/suelo. | 968,00 |
Presentación alegaciones ante la AEAT. | 50,00 |
Contestar requerimientos de la AEAT. | 50,00 |
Presentación Documentación ante la AEAT. | 50,00 |
Interposición Recurso Reposición ante la AEAT. | 50,00 |
Comunicación censal inicio actividad en la AEAT. | 50,00 |
Comunicación censal modificación actividad AEAT. | 50,00 |
Comunicación censal cese actividad AEAT. | 50,00 |
Solicitud certificación ante la AEAT. | 50,00 |
Declaración periódica IVA MOD. 303 (puntual). | 150,00 |
Declaración periódica MOD. 130 (puntual). | 150,00 |
Declaración periódica MOD. 111 (puntual). | 150,00 |
Recurso de Apelación penal (puntual). | 200,00 |
Recurso de Reforma penal (puntual). | 150,00 |
Reclamación amistosa vecino moroso. | 50,00 |
Burofax vecino moroso previo a la demanda. | 150,00 |
Demanda monitorio (vecino moroso) con acuerdo. | 242,00 |
Monitorio (vecino moroso) sin acuerdo (sin pago). | 400,00 |
Apelación monitorio ante la Audiencia Provincial. | 200,00 |
Demanda ejecutiva derivada por monitorio. | 250,00 |
Demanda contra vecino por obras ilegales. | 450,00 |
Burofax previo a la demanda por obras ilegales. | 150,00 |
Demanda cese actividad/reclamación por perjuicios contra propietario de la comunidad. | 450,00 |
Demanda cese actividad/reclamación porperjuicios en vivienda arrendada. | 450,00 |
Contestación demanda cese actividades prohibidas. | 450,00 |
Impugnación acuerdo lesivo de Junta Propietarios. | 450,00 |
Redacción Estatutos Comunidad de Propietarios. | 200,00 |
Convocatoria Junta constituyente por propietarios. | 50,00 |
Apercibimiento al vecino cese actividades molestas | 50,00 |
Apercibimiento propietario inmueble para que el arrendatario cese sus molestas activ. | 50,00 |
Apercibimiento arrendatario cese activ.molestas. | 50,00 |
Contestación requerimiento cese act.molestas. | 50,00 |
Solicitud autorización entrada en elemento privativ. | 50,00 |
Solicitud realización obras conservación inmueble. | 50,00 |
Solicitud realización obras urgentes en inmueble. | 50,00 |
Solicitud comunero participación ventajas obraya realizada por la Comunidad. | 50,00 |
Solicitud comunero acceso instalación de mejora energética del edificio ya ejecutada. | 50,00 |
Solicitud vecino obras necesarias mejora acceso. | 50,00 |
Solicitud arrendatario realización obras necesariasen el inmueble. | 50,00 |
Instancia o Solicitud ante su Ayuntamiento. | 50,00 |
Instancia o Solicitud ante la Diputación. | 50,00 |
Solicitud vado permanente. | 50,00 |
Solicitud ocupación temporal vía pública. | 50,00 |
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Domicilio actual.
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- No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, tasas judiciales, tasas administrativas y otros gastos de profesionales independientes como peritos judiciales (psicólogos, arquitectos, ingenieros, médicos y sus correspondientes informes y asistencia a la vista oral), poder para pleitos, gastos notariales, gastos de viaje, gastos de despacho, envío de burofax, redacción de burofax, gastos de correos, envío de documentación por mensajería privada, gastos de estancia para acudir a vistas a celebrar fuera del partido judicial de Granada, etc… (a descontar de la provisión de fondos pendiente de entregar).
- Siempre ofrecemos facilidades de pago dependiendo de su situación económica familiar.
- Imprescindible Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de servicio antes de iniciar el servicio jurídico como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza. ¿Qué conceptos se determinan o se pactan en la Hoja de Encargo Profesional?
- La cuantía del procedimiento que puede ser determinada o indeterminada y que tendrán en cuenta los Juzgados y Tribunales para la tasación de costas judiciales.
- El objeto del Encargo Profesional.
- Los Honorarios del Letrado.
- Forma de pago.
- Plazo de finalización de los servicios jurídicos. (Según los casos).
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- En caso de disconformidad con la minuta, el cliente tiene la opción de acudir a los Tribunales de Granada o bien impugnarla previamente ante la Junta de Gobierno del Ilustre Colegio de Abogados de Granada, sometiéndose a su decisión arbitral, que el Letrado desde dicho momento acepta, obligándose a acatar y cumplir su resolución.
- Advertencias legales sobre el cumplimiento de Protección de Datos.
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- Advertencia al cliente de que se encuentra perfectamente informado en relación a los riesgos que pudieran existir respecto al resultado y de que los servicios objeto del contrato no ofrecen certeza en cuanto al mismo, y por tanto asume el riesgo y ventura de dicho resultado, por ejemplo si el juzgado o Tribunal desestima su pretensión el cliente debe pagar las costas judiciales del procedimiento, así como posibles indemnizaciones, intereses, etc…
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- Para iniciar los trabajos es imprescindible la entrega mínima de 500 Euros para cubrir los gastos del procedimiento judicial o extrajudicial. (En el caso de que sea necesario ampliar dicha provisión se comunicará con la suficiente antelación).
- Como cliente es imprescindible facilitar para comunicar la evolución del servicio jurídico contratado y notificaciones: Una primera dirección del domicilio y otra alternativa, teléfono móvil, teléfono fijo o alternativo, dirección de correo electrónico, fotocopia NIF o CIF (para la facturación del servicio jurídico).
- Se entrega al cliente la correspondiente factura por el servicio jurídico y el recibí por el pago del servicio. (Se entrega presencialmente o si lo prefiere por correo postar o correo electrónico).
- Se recomienda aportar la documentación necesaria fotocopiada para la llevanza del procedimiento judicial o extrajudicial.
(*) Para este servicio no están incluidas las gestiones que puedan derivar en un futuro proceso judicial, así como envío de burofax, honorarios de Abogado, Procurador, poderes, tasas judiciales y similares. En todo caso si una consulta jurídica deriva en un proceso judicial estudiaremos su caso con atención para financiar el pago de los gastos y honorarios en base a su economía familiar ya que todas las personas tenemos derecho a una defensa digna. Recordar: Siempre puede solicitar Asistencia Jurídica Gratuita en un Colegio de Abogados si es su deseo.
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- (*) Si un procedimiento no se ha finalizado una vez transcurrido el plazo de 1 año se continuará igualmente hasta su resolución judicial o extrajudicial.
VIOLENCIA DE GENERO.
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DERECHO DE FAMILIA.
¿Nos divorciamos o separamos de Mutuo Acuerdo o nos repensamos lo nuestro?

HONORARIOS.
- Proceso matrimonial de Mutuo Acuerdo: 363,00 Euros (21% IVA INCLUIDO en factura).
- Proceso matrimonial contencioso: 605,00 Euros ( 21% IVA INCLUIDO en factura).
- Modificación de medidas: 350,00 Euros (21% IVA INCLUIDO en factura).
- Procesos sobre capacidad, filiación, paternidad y maternidad: 605,00 Euros (21% IVA INCLUIDO en factura).
- Medidas provisionales previas y coetáneas a la demanda en los procesos de filiación, separación, divorcio, nulidad y uniones de hecho: 350,00 Euros (21% IVA INCLUIDO en factura).
- No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, tasas judiciales y otros gastos de profesionales independientes como peritos, psicólogos, etc…
- Siempre ofrecemos facilidades de pago dependiendo de su situación económica familiar.
- Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de servicio antes de iniciar el servicio como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza.
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PROPIEDAD HORIZONTAL.
¿Y qué puede hacer la Comunidad de Propietarios si un vecino no paga las cuotas?
Existen varias posibilidades:
- Antes de proceder a reclamar judicialmente es preferible dar tiempo al tiempo y ser razonables. Siempre se puede acordar en las Juntas de la Comunidad de Propietarios para una situación económica de un vecino concreto la posibilidad de pagar en diferentes plazos o más cómodos mientras dure su maltrecha situación.
- En el caso de que se trate de un propietario desaprensivo o indeseable es preferible primero hablarlo personalmente, en el caso de que sea imposible contactar es muy recomendable que el propio Presidente de la Comunidad le traslade un escrito o varios con todas las cantidades adeudadas. Coste de la gestión: 50 Euros (21% DE IVA INCLUIDO EN FACTURA).
- Si después de varios avisos escritos por parte del Presidente el co-vecino no paga es momento de enviarle un burofax reiterando los atrasos debidos y que se emprenderán acciones judiciales bajo acuerdo de toda la Comunidad de Propietarios. Coste de la gestión: 50 Euros (21% DE IVA INCLUIDO EN FACTURA).
- Si el vecino no contesta y teniendo en cuenta las cantidades adeudadas a la Comunidad de Propietarios es conveniente iniciar un Proceso monitorio especial relativo a Comunidades de Propietarios.
Coste del proceso: 200 Euros (21% IVA NO INCLUIDO EN FACTURA).
El Despacho no se hace cargo del coste del poder para pleitos. (50 Euros aproximadamente).
- No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, tasas judiciales y otros gastos de profesionales independientes como peritos, arquitectos, etc.
- Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de Servicios antes de iniciar el servicio jurídico como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza recíproca.

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DERECHO PENAL
JUICIO POR DELITO LEVE
ANTIGUO JUICIO DE FALTAS ANTES DE LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL DE 2015.

Aunque no es preceptivo acudir acompañado de Abogado y Procurador porque así lo establece la ley de Enjuiciamiento Criminal, desde luego, Despacho Jurídico Todo Derecho, no se le aconseja, ni se lo recomienda y por supuesto sería un auto-suicidio.
¿Por qué? Pues debido a que la gran mayoría de los juicios de faltas que se celebran son debidos a riñas, amenazas, agresiones sin sentido, insultos, peleas que acaban con lesiones y muchas de ellas bastante graves y lo podemos complicar muchísimo más.
Si usted se ha visto envuelto en una situación parecida directamente denúncielo ante la guardia civil o la policía, si usted además de recibir agresiones e insultos entre otras cosas también ha sido victima por parte del denunciante de los mismos actos, sería conveniente que también por su parte denunciara los mismos hechos el mismo día que se produzcan, ya que considere que lo denunciado por la otra parte no es del todo cierto o bien es exagerado (lo que se conoce como una contra denuncia).
Pero todo depende de las circunstancias, de si concurren testigos o no y de la relevancia de los hechos.
Además es muy importante, aclarar en la propia denuncia porque se han producido los hechos y el origen del problema, es decir, porque dos o más personas han acabado pegándose, insultándose, etc…
Muchas veces las causas son debido a temas muy tontos y estúpidos que tras el paso del tiempo se han transformado en otro problema menor y así sucesivamente hasta que llega el momento en que el problema estalla y por supuesto se podía haber evitado.
Por norma general, el fallo de la condena suele ser el pago de una multa pecuniaria de menor o mayor cuantía en base a la gravedad de los hechos probados.
También usted debe tener en cuenta si acumula antecedentes penales por otros hechos cometidos en el pasado ya que desde luego si se tomarán en cuenta.
Pero como todo en la vida, cada caso es un mundo y se ha de estudiar el caso concreto porque también influyen sus circunstancias personales y familiares.
Por tanto, si usted ha recibido la notificación por parte de un Juzgado de Instrucción, no deje para el último día, la preparación de este tipo de juicio, consulte siempre a su Abogado.
Despacho Jurídico Todo Derecho, le ofrece este servicio por 363 Euros (21% de IVA incluido en Factura).
Nuestro Despacho no se hace cargo del poder para pleitos (50 Euros aproximadamente).
No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, otras tasas judiciales y otros gastos de profesionales independientes como peritos, psicólogos, etc…
Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de servicio antes de iniciar el servicio como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza.
Para solicitar cita previa llame al 656256 804. Siempre a su disposición para ayudarle.
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DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTAL

Existen muchos tipos de delitos penales de falsedad documental:
- Falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de despachos transmitidos por servicios de telecomunicación cometidos por autoridad o funcionario público.
- Falsedad documental realizada por un particular.
- Uso de documento falso en juicio o para perjudicar a otro a sabiendas.
- Falsificación de documentos privados (que será castigado con la pena de prisión de 6 meses a 2 años por ejemplo).
- Falsificación de certificados.
- Falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje.
Si usted ha sido víctima de alguno de los anteriores tipos delictivos sepa que es necesario que lo denuncie ante los Juzgados.
Despacho Jurídico Todo Derecho le ofrece este servicio por el precio de 550 Euros (21% de IVA INCLUIDO en factura).
Nuestro Despacho no se hace cargo del poder para pleitos (50 Euros aproximadamente).
No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, otras tasas judiciales y otros gastos de profesionales independientes como peritos, psicólogos, ingenieros, auditores, etc…
Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de servicio antes de iniciar el servicio como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza.
Para solicitar cita previa llame al 656256 804. Siempre a su disposición para ayudarle.
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DELITOS CONTRA LA FLORA, FAUNA Y ANIMALES DOMÉSTICOS.

Muchos ciudadanos no se toman en serio nuestra flora, fauna y los animales domésticos que nos brindan su agradable compañía.
Pero la verdad es que si usted ha cometido un delito en contra de alguno de ellos, (sepa que lo pagará caro) y si le denuncian, según el Código Penal; no estamos hablando de ninguna broma.
Artículo 332. Alteración de flora amenazada. Será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a 24 meses.
Artículo 333. Introducción de especies de flora o fauna flora o fauna no autóctona. Será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años, o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a tres años.
Artículo 334. Atentados contra especies de faunas amenazadas. Será castigado con la pena de prisión de cuatro meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses.
Artículo 335. Caza y pesca no autorizada. Será castigado con la pena de multa de ocho a 12 meses e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cinco años.
Artículo 336. Uso de veneno, explosivo u otros instrumentos destructivos. Será castigado con la pena de prisión de 4 meses a dos años o multa de 8 a 24 meses.
Artículo 337. Maltrato a animales domésticos. Será castigado con la pena de 3 meses a 1 año de prisión e inhabilitación especial de 1 a 3 años para el ejercicio de profesión relacionado con los animales.
Si usted necesita defensa letrada por haber cometido alguno de los anteriores tipos delictivos o bien cree que se está cometiendo un delito de las características anteriores y desea denunciarlo (nosotros le ayudaremos en todo lo necesario).
Despacho Jurídico Todo Derecho le ofrece este servicio por el precio de 363 Euros (21% de IVA INCLUIDO en factura).
Nuestro Despacho no se hace cargo del poder para pleitos (50 Euros aproximadamente).
No están incluidos en los anteriores servicios los honorarios de procurador, otras tasas judiciales y otros gastos de profesionales independientes como peritos, psicólogos, ingenieros, auditores, etc…
Firma de Hoja de Encargo Profesional o Contrato de Arrendamiento de servicio antes de iniciar el servicio como medida de garantía para ambas partes de un trabajo bien hecho y futura relación de confianza.
Para solicitar cita previa llame al 656256 804. Siempre a su disposición para ayudarle.
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ASESORAMIENTO JURÍDICO A PROFESIONALES Y AUTÓNOMOS
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DERECHO TRIBUTARIO Y FISCAL
CONTESTAR REQUERIMIENTOS O PRESENTAR DOCUMENTACIÓN RELACIONADA CON UNA NOTIFICACIÓN DE LA AEAT.
Si en breve ha de contestar a un requerimiento o presentar una serie de documentación relacionada con una notificación de la AEAT por una autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido o por cualquier otro tema tributario y fiscal porque han detectado ciertas incidencias para proceder a su subsanación y para realizar actuaciones de comprobación limitada; es muy importante que tenga en cuenta el plazo de tiempo establecido para realizar la necesaria contestación y por supuesto no lo deje para el último día.
Sobre todo prepare la documentación que le detallan en el Requerimiento tal y como le especifican.
Si no pudiere aportarla tal y como la demandan es muy importante justificar las razones.

Es importante que sepa que la falta de atención de este requerimiento en el plazo y la forma señalados puede ser considerada como una infracción tributaria de las clasificadas como «graves», sancionable con una multa pecuniaria.
Por esta razón le aconsejamos que acuda y consulte a un Abogado.
Si usted lo necesita DESPACHO JURÍDICO TODO DERECHO le ayudará y aconsejará a contestar a este tipo de requerimiento.
El coste de este servicio es de 50 Euros (21% de IVA INCLUIDO en Factura).
Esperamos tu llamada.
Siempre a su disposición.
RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA UN ACTO ADMINISTRATIVO DE LA AEAT.
Presentar un recurso de Reposición contra un Acto Administrativo de la AEAT es relativamente fácil y usted mismo lo puede confeccionar descargándose el formulario en la página web de la Agencia Tributaria si está familiarizado con estos temas.

Primero prepare un borrador para realizar todas las modificaciones necesarias.
Ha de identificar los datos del recurrente (es decir los suyos), el Acto que se recurre, formular las Alegaciones pertinentes, especificar su solicitud concreta en base a unos fundamentos jurídicos, acompañar toda la documentación necesaria y poco más (pero siempre existen excepciones).
Cuando considere que no ha olvidado ningún punto y lo ha fundamentado jurídicamente lo mejor posible en base a sus conocimientos legales proceda a pasarlo a limpio si puede ser mediante un procesador de texto (por ejemplo word) y si tiene certificado digital lo puede presentar telemáticamente como archivo adjunto.
Pero si usted no tiene ganas, no tiene suficiente tiempo debido a sus obligaciones laborales o familiares o simplemente no entiende nada lo mejor es que acuda a un Abogado de confianza.
DESPACHO JURÍDICO TODO DERECHO le ayudará en todo lo que necesite.
El coste de este servicio es de 50 Euros (21% de IVA INCLUIDO en Factura).
Esperamos tu llamada.
Siempre a tu disposición.
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Mediación, gestión y resolución pacífica de conflictos.
En DESPACHO JURÍDICO TODO DERECHO seguimos formándonos para ofrecer a todos nuestros clientes un mejor servicio día a día.
Por eso hemos realizado un curso práctico de Mediación, Gestión y Resolución Pacífica de Conflictos para especializarnos como mediadores.
Realmente desde DESPACHO JURÍDICO TODO DERECHO apostamos que la Mediación en España será una estupenda vía de solucionar nuestros problemas, puesto que son las partes en conflicto con buena voluntad las que propondrán las posibles medidas y soluciones plasmándolas en un Acuerdo Final con la ayuda de una tercera persona (mediador o mediadora) cuyo objetivo es facilitar a todas las partes en conflicto una buena comunicación entre ellas y conseguir un entendimiento mutuo y posteriormente alcanzar dicho Acuerdo siempre que sea posible.
Soy ABOGADA EN EJERCICIO y creo profundamente que acudir a los JUZGADOS para buscar JUSTICIA nunca será la mejor solución y cierto es que en muchas ocasiones no queda más remedio.
Evidentemente los JUECES no son super magos provistos de varitas mágicas para solucionarlo todo simplemente aplican la ley con mejor o menor acierto.
Es por este motivo que muchos ciudadanos se sienten desencantados tras haber probado el néctar de la JUSTICIA, ya sea al haber obtenido una resolución judicial a su favor o en contra.
Esto es así, puesto que hasta que se llega a una sentencia firme las partes han gastado mucho dinero, ha transcurrido mucho y demasiado tiempo y perciben que el resultado final no es lo que ellos esperaban.
Por ello os ánimo a resolver cualquier problema que tengáis mediante la mediación como vía de gestión y resolución pacífica de conflictos.
Las puertas de nuestro DESPACHO JURÍDICO están abiertas para explicaros en una primera SESIÓN INFORMATIVA en que consiste la Mediación.

Asesoramiento en Arrendamientos Urbanos.
Cita previa. Llamar al 656 256 804.
Redacción del contrato privado de Arrendamiento Urbano.
Firma del contrato privado de Arrendamiento Urbano con total confianza.
Honorarios de gestión: 50 Euros (21% de IVA Incluido en Factura).
Si usted lo desea también nos encargamos de:
Gestionar el depósito de fianzas obligatorio. Precio: 50 Euros (21% de IVA Incluido en Factura).
Gestión de la devolución de la fianza una vez extinguido el contrato de arrendamiento. Precio: 50 Euros (21% de IVA Incluido en Factura).
A tener en cuenta por la parte arrendadora y la parte arrendataria:
- La legislación vigente en el área de Arrendamientos Urbanos es la Ley 29 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos de 1994.
- “La renta será la que libremente estipulen las partes”.
- “El arrendador siempre queda obligado a entregar al arrendatario el recibo correspondiente del pago, salvo que se hubiere pactado que éste se realice mediante los procedimientos oportunos que acrediten el cumplimiento de pago realizado por el arrendatario”.
- “La actualización de la renta se aplicará en base a la variación porcentual experimentada por el Índice General Nacional del Sistema de Índices de Precios de Consumo”.
- ¿Quién debe ingresar el deposito de la fianza en un contrato de arrendamiento de vivienda o local? El arrendador.
- El arrendador siempre queda obligado a entregar al arrendatario la factura correspondiente a la renta mensual corriente.
- En un contrato de arrendamiento de vivienda o local, ¿quién tiene que pagar el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)? El arrendador. (salvo pacto en contrario).
- En un contrato de arrendamiento de vivienda, si el calentador de agua se estropea es el arrendador o propietario de la vivienda quien debe pagar la factura de la reparación (salvo pacto en contrario).
- Pero si la avería ha sido a causa fortuita del arrendatario o por descuido o dejadez debe ser el propio el arrendatario el que pague la factura.
- En un contrato de arrendamiento de un local destinado a actividad económica la parte que debe ingresar el porcentaje correspondiente al IVA es el arrendador.
- Se debe aplicar actualmente un 21% sobre la renta que venga estipulada en el contrato de arrendamiento.
- Se liquida trimestralmente mediante la auto-liquidación con el modelo 303.
- En esta liquidación también se pueden deducir los gastos derivados del arrendamiento con derecho a deducción por parte del arrendador (guardando las correspondientes facturas) que estén comprendidos en dicho periodo trimestral.


ARRENDATARIOS QUE NO PAGAN Y ARRENDADORES TIQUISMIQUIS.
Realmente ser arrendador o arrendatario en la actualidad es un verdadero calvario.
En realidad, debería ser muy sencillo y no debería generar ningún tipo de problema si ambas partes actúan con honradez.
Ok, el arrendador de buena fe pone a disposición del arrendatario un inmueble durante un periodo de tiempo fijado a cambio de un precio cierto que debe ser pagado por el arrendatario y a su vez este se obliga a cuidar y a mantener el inmueble mientras dispone del mismo (cada parte se encarga de pagar sus impuestos, cargas y gastos varios y hasta este punto todo muy bien).
Pero en muchas ocasiones en vez de resultar una relación pacífica se convierte en un (HABER QUIEN PUEDE FASTIDIAR MÁS).
Para evitar males mayores es conveniente realizar un contrato de arrendamiento detallado mediante el cual las condiciones personales tanto del arrendatario como del arrendador queden totalmente satisfechas.
Antes de firmar acuerden todo ante la presencia de un Abogado que quiera escucharles y si después de esto todo falla por diversos motivos. Entonces, lean de nuevo el contrato y tengan en cuenta siempre el artículo 27 de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 sobre incumplimiento de las obligaciones de las partes así como el artículo 1124 del Código Civil que deben constar en el propio contrato de Arrendamiento.
«El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1124 del Código Civil».
Si las relaciones son muy tensas y no es posible entendimiento alguno pues lo mejor es proceder a la interposición de una demanda de deshaucio y reclamación de cantidades adeudos o demanda por otros motivos en caso de que el perjudicado sea el arrendatario.
Pero antes de llegar al punto de enviar un burofax con la advertencia de una posible demanda judicial siempre es bueno arreglar los problemas mediante llamadas, cartas informales de recordatorio de pago, etc..(siempre hay que dar un tiempo prudencial para el cumplimiento de las obligaciones por ambas partes, hay que pensar en la economía y en las circunstancias personales).
Si una de las partes ofrece facilidades pero la otra parte no accede al cumplimiento de las obligaciones tras reiterados avisos, no queda más remedio que acudir al poder judicial.
Si es usted arrendatario o arrendador y tiene problemas consulte a su Abogado; por eso DESPACHO JURÍDICO TODO DERECHO está a su disposición para solucionar sus problemas.
Asesoramiento en Derecho Concursal.
https://youtube.com/watch?v=mw2NTSWzu3s%3Frel%3D0%26fs%3D1%26wmode%3Dtransparent
ASESORAMIENTO EN DERECHO LABORAL.
Por ejemplo:
Como profesional le recomiendo que consulte su INFORME DE VIDA LABORAL , pero no se limite a revisarlo una vez al año o cuando vea que se acerca un posible despido, concurso de acreedores de la empresa u otras circunstancias.
Es preferible consultarlo siempre que inicie un nuevo trabajo y por supuesto al finalizar la relación con la empresa.
También es conveniente una revisión del INFORME en el caso de que se hayan realizado cambios del RÉGIMEN GENERAL al RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS, RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO, etc…
Así como para verificar otros conceptos como grupo de cotización, bases de cotización, tipo de contrato entre otros.
Y si no entiende nada de nada no dude en consultarnos.

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DERECHO ADMINISTRATIVO
Si usted ha realizado obras nuevas o modificaciones en un inmueble de su propiedad sin proceder a su debida regularización, debe saber, que tarde o temprano recibirá por parte de su Ayuntamiento (a pesar de que en un inicio obtuviera la licencia de obra), la correspondiente multa y el aumento en el recibo del IBI (también llamada contribución).
Si al revisar el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles o la multa, comprueba que la cantidad a pagar no se ajusta o no es conforme a la obra realmente realizada, es preferible realizar una reclamación o interposición de un recurso ante la Administración.
Puede ser que los datos a disposición de la Administración no sean los correctos o que la información que manejan esté desfasada.
Nuestro despacho queda a su entera disposición para resolverle este problema.
El coste de este servicio es de 50 Euros (21% de IVA INCLUIDO en Factura).
Esperamos su llamada.
Nuestro despacho queda a su entera disposición.